Si a comienzos de año, a los empleados colombianos los sorprendió una retención en la fuente con menos deducciones, ahora tendrán otro cambio. Llegó la hora de aplicar la retención para el Impuesto Mínimo Alternativo (Imán), cuyo efecto se dejará ver en el próximo pago, pues el Imán rige desde ayer.
¿Qué cambiará?
El empleador calculará la retención como lo venía realizando desde el primero de enero, pero también aplicará la tabla del Imán. El valor mayor de los dos cálculos será el pago mensual.
¿El Imán es una retención en la fuente?
Funciona como tal. La retención en la fuente es un recaudo anticipado, no un impuesto en sí. Cuando hay que presentar la declaración de renta se puede acudir a los pagos vía retefuente, para disminuir así el aporte que le corresponde como impuesto de renta. Si no cumple con los requisitos de ingreso y patrimonio para contribuir con el impuesto de renta y ha aportado vía retención en la fuente o vía Imán, es probable que tenga derecho a devolución de parte de lo que le han retenido
¿El Imán también es un impuesto de renta?
Es el impuesto de renta para personas naturales que ya venían aportando ese tributo. La diferencia es que ahora, por primera vez en el país, se crea la categoría de empleados que, de manera obligatoria, entran a aportarlo a partir de un monto mínimo (el Imán).
¿Cuál es el mínimo que se paga y con qué ingresos?
La nueva tabla del Imán arranca con un piso de 1.548 UVT (Unidades de Valor Tributario) anuales, que corresponden a ingresos de 41,5 millones de pesos al año. De esta cifra hacia abajo, no se paga el Imán; hacia arriba, el valor mínimo para pagar es de 1,08 UVT ( 28.988 pesos).
A la hora de pagar, ¿se aporta más por Imán o por retefuente?
La base gravable de la retefuente, con el viejo sistema, es más baja, pues se parte de un ingreso neto de aproximadamente 3’460.000 pesos, mientras que el ingreso sobre el cual se empieza a contribuir con el Imán es de 3’600.000 pesos. A 135 mil personas les aumentará el Imán frente a la retefuente.
¿Las deducciones que se pueden realizar con los dos sistemas son las mismas?
No. Al momento de hacerle la retención en la fuente le aplican deducciones como pensión obligatoria, aporte a pensión voluntaria, ahorro en cuentas de fomento a la construcción (AFC), aportes a medicina prepagada y seguros de salud; pago por dependientes e intereses de vivienda. Con el Imán, solo aplica el pago a la seguridad social (salud y pensión).
Retención normal
Si los ingresos no son suficientes para aplicar el Imán, de todas formas sueldos desde $ 3,5 millones dan para aplicar la retención en la fuente tradicional.
REDACCIÓN ECONOMÍA Y NEGOCIOS